COPP 2013
El juicio en libertad dejará de ser un derecho humano y la regla para todos los casos
FERNANDO M. FERNÁNDEZ
| EL UNIVERSAL
viernes 4 de enero de 2013 12:00 AM
El año 2013 vio la luz con la peor noticia del siglo en materia de derechos humanos: la vigencia plena del COPP reformado a mediados del año pasado. A la inversa del texto y de la Constitución originarios, este COPP viola derechos humanos y otros bienes jurídicos. Además, evidencia la ignorancia y desprecio de sus redactores por los derechos humanos, por la libertad, por la presunción de inocencia y por el derecho constitucional.
El nuevo COPP permite la prórroga de la detención preventiva más allá de las recomendaciones de la ONU y de cualquier criterio práctico. Con ello se legalizó el retardo judicial, cuya consecuencia será el aumento del hacinamiento carcelario y todos sus efectos terribles: ocio, drogas, corrupción, violencia y todo tipo de violaciones a los derechos humanos en proporciones y características nunca vistas hasta ahora (ya se ven cosas insólitas).
Con el nuevo COPP el juicio en libertad dejará de ser un derecho humano y la regla para todos los casos y se reinstaura la detención preventiva prorrogada, mientras dure la investigación. Eso es el retorno del sistema inquisitivo que se había superado en 1998 y constitucionalizado en 1999: ¡la voluntad del constituyente originario al consagrar la presunción de inocencia ha sido desobedecida!
Este COPP autoriza el despojo definitivo de los bienes de los evadidos, sin investigación ni proceso, sin presunción de inocencia, sin juicio ni apelación, sin condena ni derecho a la defensa. Esta regresión procesal permitirá persecuciones de todo tipo y motivación, con casi ninguna de las garantías del Estado de Derecho y de Justicia.
Los derechos humanos y el Derecho Internacional Humanitario están de luto por este retroceso tan peligroso y letal.
fernando.fernandez@bakermckenzie.com
El nuevo COPP permite la prórroga de la detención preventiva más allá de las recomendaciones de la ONU y de cualquier criterio práctico. Con ello se legalizó el retardo judicial, cuya consecuencia será el aumento del hacinamiento carcelario y todos sus efectos terribles: ocio, drogas, corrupción, violencia y todo tipo de violaciones a los derechos humanos en proporciones y características nunca vistas hasta ahora (ya se ven cosas insólitas).
Con el nuevo COPP el juicio en libertad dejará de ser un derecho humano y la regla para todos los casos y se reinstaura la detención preventiva prorrogada, mientras dure la investigación. Eso es el retorno del sistema inquisitivo que se había superado en 1998 y constitucionalizado en 1999: ¡la voluntad del constituyente originario al consagrar la presunción de inocencia ha sido desobedecida!
Este COPP autoriza el despojo definitivo de los bienes de los evadidos, sin investigación ni proceso, sin presunción de inocencia, sin juicio ni apelación, sin condena ni derecho a la defensa. Esta regresión procesal permitirá persecuciones de todo tipo y motivación, con casi ninguna de las garantías del Estado de Derecho y de Justicia.
Los derechos humanos y el Derecho Internacional Humanitario están de luto por este retroceso tan peligroso y letal.
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Comentarios (2)
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Por lilia white
04.01.2013
9:57 PM
DONDE RESIDE EL COPP EL AUTOR DEBE HABLAR CLARO, RECUERDE A LOS QUE VIVIMOS AFUERA DEL PAIS. QUE PAIS TIENE EL COPP??? DONDE FUE INSTALADO ESTE COPP??? QUE PAIS POR FAVOR!!!
Por Luis Fernando Gutierrez Clavijo
04.01.2013
10:52 AM
Bueno amigos: Para muestra basta un boton. Asi se inicia, tras decision IMPUNE, del poder legislativo, y de seguro con la anuencia del poder judicial y......de seguro,. por recomendacion U ORDEN de la AUTORIDAD UNICA del poder ejecutivo, SE INICIA, repito, la aplicacion de la justicia revolucionaria, durante tanto tiempo soniada por este regimen.(Quiero que noten que he utilizado, en los casos necesarios y hasta obligatorios, muy pocas MAYUSCULAS, la razon es obvia.
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